Ley 37 de 2018 que establece como deducible los gastos escolares en Panamá

Publicado: Junio 6, 2018
Categoría: Leyes en Impuesto
Autor: Johana Sum

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La ley 37 de 2018 hace diferentes modificaciones al Código Fiscal para incluir los gastos escolares como deducibles.

Se agregó el numeral 9 al artículo 709 del Código Fiscal indicando que los gastos escolares deducibles incluyen matrícula y mensualidad escolar, útiles, uniformes, y transporte escolar. Los gastos deducibles serán respecto al primer y segundo nivel de enseñanza. De igual forma serán deducibles respecto al tercer nivel de educación superior de los dependientes mayores de edad del contribuyente.

La deducción máxima anual puede ser de 3,600 balboas por cada dependiente.

Los padres con hijos que presentan algún grado de discapacidad que implique movilidad reducida tendrán derecho a la deducción del total de los gastos.

Para conocer más detalles sobre esta ley vea aquí


Ley 37 de 2018




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Gerente General
Johana Sum

Lic. Johana Sum es una profesional experimentada con una gran cantidad de experiencia en los campos de la gestión empresarial, el servicio al cliente, los recursos humanos y el marketing.

Socio Director
Marcos Kraemer

Lic. Marcos Kraemer, abogado registrado en la Corte Suprema de Justicia de Panamá, miembro de diversas asociaciones internacionales de derecho, y fundador de la Asociación Panameña de Derecho de Inmigración.