Concesión de Fondo Marino para Uso de Muelle Domiciliario ante la AMP

Descripción general

Desde el 2019 se promulgó la resolución J.D. 010-2019 donde se reconocen las concesiones de muelles domiciliarios como procesos especiales dentro de la dirección de Concesiones de la Autoridad Marítima de Panamá (AMP).

Las concesiones pueden ser solicitadas por un tiempo máximo de 10 años renovables por el mismo término.

De acuerdo con el capítulo VIII, “De los muelles domiciliarios”:

Artículo 36: Se reconoce la existencia de muelles y atracaderos para uso particular o familiar, sin fines de lucro, ubicados en áreas insulares, lacustres o lagos que, para efectos de este reglamento, se denominarán muelles domiciliarios.

Artículo 37: La Autoridad Marítima de Panamá autorizará la construcción de muelles domiciliarios, previa solicitud del interesado.

Requisitos

  1. Datos completos del solicitante, a saber: número de la cédula de identidad personal, domicilio y dirección física, teléfonos, correo electrónico.
  2. Objeto de la concesión (muelle para uso familiar).
  3. Declaración jurada que indique que el muelle es de uso privado y sin ánimo de lucro.
  4. Área solicitada con sus linderos.
  5. Plazo de la concesión.
  6. Monto de inversión y cronograma de inversión.
  7. Plano de 2 x 2 pies, firmado por un profesional idóneo y el representante legal del solicitante.

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Nuestros expertos de Ley Marítima en Panamá pueden asistirle en el proceso de concesión ante la Autoridad Marítima de Panamá. Escríbanos a info@kraemerlaw.com para que nuestro equipo legal le brinde la asistencia legal adecuada.