Normativas contable para empresas panameñas

Descripción general

Todas las sociedades que operen en Panamá están obligadas por ley a llevar su contabilidad de acuerdo con los principios de contabilidad generalmente aceptados (PCGA) en la República de Panamá, es decir, las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF).

Las sociedades panameñas que operan fuera de Panamá también están obligadas a mantener registros contables de acuerdo con los PCGA en la República de Panamá, que deberán proporcionar a sus agentes residentes cada año a más tardar el 30 de abril, en original o en copia. El agente deberá ser informado de la ubicación de estos documentos.


Registros contables

Los registros contables son aquellos documentos que indican las operaciones de la persona jurídica tanto las contables como las financieras, también indica los activos, pasivos y patrimonio. Su función es determinar la situación financiera con exactitud y de esa manera se puedan elaborar sus estados financieros. Todos los registros contables deben llevarse en español.

Las empresas que operan en Panamá deben llevar un diario general, un libro mayor, un libro de actas y un registro de acciones (registro de accionistas). Para los comerciantes, sólo se requieren dos libros: un diario general y un libro mayor.

Los registros contables, los documentos de respaldo y la correspondencia deben mantenerse en Panamá, siempre que las operaciones se realicen localmente. Deben estar actualizados y listos para ser inspeccionados por las autoridades en cualquier momento. La documentación de respaldo son los contratos, las facturas, los recibos, y en general cualquier tipo de documentación que sustente las transacciones que realiza la persona jurídica.

Según la Ley 280 del 30 de diciembre de 2021, se requiere el aval de un contador público autorizado para la declaración de renta municipal y nacional cuando el monto bruto declarado supere los US$11,000.

Cuando los registros contables se lleven a través de medios tecnológicos o electrónicos, se requiere certificación específica de contador público autorizado.Los registros contables deben prepararse según el principio contable de devengo de conformidad con las Normas Internacionales de Contabilidad Financiera (NICF), con pocas excepciones.

Las instituciones bancarias están autorizadas a llevar sus registros contables de conformidad con las NIIF o con los PCGA estadounidenses.


Requisitos de los estados financieros

Las leyes fiscales exigen que todas las empresas que hacen negocios en la República de Panamá mantengan sus estados financieros archivados, a disposición de la Dirección General de Ingresos (DGI) a petición, y verificados por un contador público autorizado de conformidad con las normas de auditoría ampliamente aceptadas en Panamá. Los estados financieros pueden ser inscritos en el Registro Público panameño, aunque no es obligatorio.

El mantenimiento de cuentas financieras auditadas es obligatorio para bancos, empresas de seguros y reaseguros, empresas registradas en la Superintendencia del Mercado de Valores y empresas que operan en zonas libres. Cada año, auditores externos independientes deben certificar los estados financieros de estas empresas.


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