Terminación de contratos de trabajo en Panamá

Descripción general

Las relaciones laborales llegan a su fin por diferentes razones. Es importante tener en cuenta algunos aspectos clave de la terminación de los contratos de trabajo.


Razones de la terminación

  1. Por mutuo consentimiento, siempre que exista constancia escrita y no implique renuncia de derechos.
  2. Por el vencimiento del plazo pactado.
  3. Por la conclusión de los trabajos especificados en el contrato.
  4. Por el fallecimiento del trabajador.
  5. Por la muerte del empresario, cuando suponga una consecuencia inevitable de la finalización del contrato.
  6. Por el despido basado en una causa justificada, o la dimisión del trabajador.
  7. Por decisión unilateral del empresario.

En el caso de que sea el empresario quien decida extinguir la relación laboral, deberá notificar previamente al trabajador por escrito la fecha y la causa o causas concretas de la extinción.

El trabajador podrá extinguir la relación laboral, sin causa justificada, mediante preaviso por escrito al empresario con quince días de antelación, salvo en el caso de los trabajadores técnicos, en el que el preaviso deberá realizarse con dos meses de antelación.


Indemnizaciones

A la terminación de cualquier contrato por tiempo indefinido, independientemente de la causa de la terminación, el trabajador tendrá derecho a recibir de su empleador una indemnización por antigüedad, a razón de una semana de salario por cada año trabajado, desde el inicio de la relación laboral.

En el caso de que algún año de servicio no se cumpla en su totalidad desde el inicio de la relación o en años posteriores, el trabajador cobrará la parte proporcional correspondiente.

Contáctenos

Si quieres saber más sobre la extinción del contrato de trabajo o tienes preguntas relacionadas, envíanos una nota a info@kraemerlaw.com. Nuestro equipo jurídico estará encantado de aclarar cualquier duda que tengas.