Conversión de Derecho Posesorio a Título de Propiedad

Descripción general

En Panamá existe una ley que permite a las personas tener la posesión de tierras propiedad del Estado con el fin de hacer mejoras sobre ellas.

Esta ley es conocida como Ley de Derechos de Posesión.

A través del tiempo y sus cambios, esta Ley, ha permitido que los tenedores de Derechos de Posesión de Propiedades en Panamá puedan convertir éstos a escrituras que puedan ser registradas en el Registro Público de Panamá.

En Kraemer & Kraemer podemos asistirle con el trámite ante la Autoridad Nacional de Administración de Tierras (ANATI) de Conversión de Derechos de Posesión a Títulos de Propiedad.


Procedimiento

  1. El cliente firma poder especial otorgado a un Abogado para el procesamiento del título.
  2. Pago del 50% de los Honorarios para el inicio del proceso.
  3. Coordinación de los documentos de propiedad, certificados, estudios y cualquier otro documento necesario para presentar la solicitud del título ante la ANATI.
  4. La ANATI realiza inspecciones del predio sujeto a titulación para la aprobación del plano.
  5. La ANATI (Autoridad Nacional de Tierras) emitirá la Resolución del Título.
  6. El aviso público será anunciado en 3 periódicos.
  7. La Escritura Pública del Título será emitida en el Registro Público.

Tiempo de proceso

El proceso de titulación puede tomar entre 6 meses y 12 meses, asumiendo que todos los requisitos y documentación hayan sido entregados oportunamente y no existe ningún proceso de objeción contra la solicitud.

Contáctenos

El equipo experimentado de Kraemer & Kraemer puede asistirle en el proceso de conversión. Envíenos un correo a info@kraemerlaw.com para que nuestro equipo de expertos le brinde la asistencia legal adecuada.