Organizaciones Sin Fines de Lucro

Descripción general

La Organización Sin Fines de Lucro (OSFL) es una entidad legal formada en Panamá para seguir un propósito caritativo.

La OSFL es una entidad privada, no partidista, que por su naturaleza no recibe beneficios patrimoniales personales, esto quiere decir que los ingresos de la organización no pueden ser distribuidos entre sus fundadores, miembros, o directores. No obstante, se pueden contratar a los miembros u otro personal para realizar labores especificas o prestación de servicios dentro de la organización.

Corresponde al Ministerio de Gobierno conceder Personería Jurídica y fiscalizar las OSFL, tales como iglesias, congregaciones, comunidades o asociaciones religiosas, federaciones, organizaciones cívicas, humanitarias e internacionales y cualesquiera otras que no estén relacionadas con temas deportivos, agropecuarios, cooperativos y laborales.

El proceso de solicitud es sencillo, pero puede tardar de 4 a 8 meses para obtener su aprobación, ya que la resolución es firmada por el Ministerio de Gobierno previo consentimiento de otras entidades gubernamentales con competencia sobre asuntos específicos de la OSFL.

Una vez aprobada su constitución por el Ministerio de Gobierno, la misma deberá ser protocolizada en escritura pública e inscrita en el registro público de Panamá. Acto seguido, el Ministerio de Gobierno podrá emitir una Certificación de Inscripción, a petición del apoderado legal o representante legal.

Una vez incorporada, la OSFL puede abrir una cuenta bancaria, adquirir bienes raíces, iniciar actividades comerciales sin fines de lucro, cuyos ingresos deben ser para el cumplimiento de sus objetivos. Ademas, la OSFL tiene la obligación de mantener libro de actas, registro actualizado de miembros, y libros o registros contables actualizados.

Las OSFL que cuenten con autorización de la DGI para recibir donaciones exentas del impuesto sobre la renta, o que reciban fondos públicos para proyectos, o que realicen transferencias al exterior, deberán presentar un informe del año anterior ante el Ministerio de Gobierno, durante los primeros 3 meses del año. El incumplimiento de esta norma por 2 años consecutivos, acarreará la suspension provisional de la entidad.

Requisitos

Los requisitos para crear una Organizacion Sin Fines de Lucro son:

  • Lista de los miembros de la junta directiva, que deben ser tres (3) o mas personas naturales o jurídicas
  • Copia de la cédula de cada persona natural. En caso de usar personas jurídicas, acta de Asamblea General en la que se aprueba su participación como miembro de la OSFL y certificación del Registro Público vigente
  • Acta de constitución de la entidad y conformación de la Junta Directiva, y acta de aprobación del Estatuto
  • Estatuto de la OSFL, firmado por su presidente y secretario, delimitando como se va a regir la OSFL, sus objetivos, y su modelo organizacional
  • Solicitud de inscripción a través de abogado

Estatutos

Por otro lado, los Estatutos de la OSFL debe incluir la siguiente información:

  • Nombre de la entidad y domicilio
  • Objetivos en forma detallada y fines específicos con una explicación de si los mismos son benéficos, gremiales o de otra naturaleza
  • Constitución del patrimonio y actividades que se desarrollaran para su consecución
  • Cuotas, modo de afiliarse, así como el modo de perder la calidad de miembro
  • Procedimiento para modificar el Estatuto
  • Forma de llevar los registros contables e indicación del modo de registrar los fondos que se generen, reciban y transfieran
  • Procedimiento de disolución, si la OSFL llega a ser disuelta

Beneficios

Algunos de los beneficios de las Organizaciones Sin Fines de Lucro son:

  • Tiene identidad legal
  • Puede ser usado para actividades reguladas como iglesias u organizaciones civiles
  • Puede solicitar incentivos fiscales cuando se utilizan con objetivos específicos sin fines de lucro

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