La Ley No. 41 del 24 de agosto de 2007 establece un marco especial para la operación de Sedes de Empresas Multinacionales en Panamá. Esta ley busca atraer inversión extranjera, crear empleo y promover la transferencia de tecnología, haciendo de Panamá un centro competitivo para las operaciones regionales de empresas multinacionales.
Condiciones
Actividades permitidas: Dirección, administración, logística, asistencia técnica, gerencia financiera, y otros servicios específicos para el grupo empresarial.
Requisitos: Las SEM deben operar como empresas extranjeras inscritas o empresas panameñas propiedad de la multinacional, de sus subsidiarias o de sus afiliadas.
Beneficios
Exenciones Fiscales: Si bien, la Ley del 2007 estipula una exención al impuesto sobre la Renta para ingreso obtenidos de servicios prestados a entidades domiciliadas fuera de Panamá, este y otros beneficios fiscales fueron reformados por medio de la Ley 57 del 24 de octubre de 2018, la cual contempla el pago de este impuesto sobre la renta neta gravable derivada de los servicios prestados a una tarifa del 5% a través de una declaración jurada anual de renta.
Consulte aquí la reforma para más información.
Facilidades Migratorias
- Visa de Personal Permanente de SEM: El personal extranjero, de empresas SEM, y sus dependientes* se les puede otorgar una visa con permisos de trabajo y residencia simplificados por hasta 5 años.
- Visa de Personal Temporal de SEM: Para personal técnico o de entrenamiento por un máximo de 3 meses.
*Dependientes: Se incluyen cónyuge (esta visa permite unión civil siempre que la misma sea confirmada con una declaración jurada), hijos menores de 25 años (si son estudiantes) , y padres.
Implicaciones
Cumplimiento Legal: Las SEM deben presentar informes anuales ante la Secretaría Técnica de la Comisión de Licencias de Sedes de Empresas Multinacionales y cumplir con las normativas establecidas para mantener una licencia.
Sanciones: Se pueden cancelar licencias y aplicar multas si se incumplen las disposiciones legales. Desde multas de B/.5,000.00 a trabajadores que permanezcan en el país sin laborar en la SEM, hasta B/.100,000 por incumplimiento de obligaciones o actividades no autorizadas.
Cancelación de Licencia: Puede ocurrir si la empresa no inicia operaciones dentro de 6 meses, viola la ley, o cesa las actividades autorizadas.
Ver modificaciones sobre Cancelación de licencia SEM en la Ley 57 de 2018
Eficiencia Administrativa: Se requiere que las entidades estatales mantengan una alta eficiencia en la tramitación de asuntos relacionados con las SEM.
Para conocer más detalles sobre la Ley 41 que crea un régimen especial para la operación de Sedes de Empresas Multinacionales (SEM), clic aquí.