Ley 2 de 2011 sobre conocer al cliente de una entidad jurídica en Panamá

Un agente residente es el abogado o firma de abogados que presta sus servicios a una entidad jurídica constituida en Panamá y esta ley aplica para todos ellos con el fin de prevenir delitos como el blanqueamiento de capital, financiamiento de terrorismo, o cualquier otra actividad ilícita.

Medidas para conocer al cliente

Las siguientes medidas deben tomarse antes de prestar el servicio al cliente. En caso de que el cliente tenga justificación para no presentar la siguiente información al agente residente, se le dará un lapso de 30 días luego de que haya iniciado el servicio para obtenerla.

  1. Identificar al cliente y verificar dicha identidad a través de fuentes confiables.
  2. Identificar claramente el propósito de la entidad jurídica que el cliente quiere constituir.
  3. Brindar a las autoridades competentes la información requerida para prevenir actividades ilícitas.

La información que el cliente le brinda al agente residente es confidencial y solo se dará a las autoridades competentes de ser necesario. Si un agente residente no cumple con las medidas para conocer al cliente, será sancionado.

Lea la ley completa sobre conocer al cliente de entidades jurídicas aquí:


Ley 2 de 2011

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Publicado enero 18th, 2018, como Leyes en Negocios por Johana Sum