Durante los últimos años, los activos virtuales y las finanzas en línea crecieron sin pausa y hoy ocupan una porción cada vez mayor del mundo financiero internacional. Ese avance reclama que la regulación de activos digitales llegue de la mano de las entidades gubernamentales, con el fin de crear un entorno seguro para las personas naturales o morales que participan en este nicho. La categoría cubre criptomonedas, servicios de custodia, plataformas de intercambio y la tokenización de bienes, entre otras figuras de valor. Panamá enfrenta el reto de fijar un marco jurídico que permita aprovechar las oportunidades de la economía digital.

El istmo reúne varias características que lo vuelven un punto atractivo para las compañías que desean instalar operaciones ligadas a los activos virtuales. Aun así, todavía no existe una regulación de activos digitales integral y aplicable a los prestadores de servicios de activos virtuales.

Ese vacío no deja las actividades en el aire. Según el modelo de negocio, cada gestión puede quedar sujeta a normas de prevención de blanqueo de capitales, protección al consumidor o juegos de suerte (iGaming). Una plataforma que facilita el canje de criptomonedas no carga con las mismas obligaciones que una firma que recibe fondos o custodia bienes de terceros. Este artículo recorre el panorama actual y los antecedentes que dan forma a la regulación de activos digitales en Panamá.

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Proyecto de Ley 697 de 2021

El Proyecto de Ley 697 de 2021 figura entre los primeros intentos serios de ordenar los activos virtuales, y abrió un hito temprano en la regulación de activos digitales. Su propuesta resultaba amplia: contemplaba el uso voluntario de ciertos criptoactivos como medio de pago, la emisión de valor cifrado, la tokenización de metales preciosos, los contratos inteligentes, las DAO y el empleo de tecnología blockchain dentro de la administración pública. Perseguía dar mayor certeza jurídica, regulatoria y fiscal a un sector que hasta ese momento se movía con pocas referencias legales.

Aunque la Asamblea Nacional dio el visto bueno, el Órgano Ejecutivo lo objetó y lo elevó ante la Corte Suprema de Justicia. Por fallo del 6 de junio de 2023, el alto tribunal declaró inexequible la totalidad del articulado por motivos ligados a su trámite legislativo, de modo que el texto nunca cobró vigencia.

Con todo, ese esfuerzo pesó dentro de esta evolución. La Ley 697 de 2021, más que un rechazo a los bienes tokenizados, deja ver la dificultad de encajar una industria nueva en un armazón jurídico diseñado antes de que estas actividades existieran. Las propuestas siguientes conservaron parte de ese ánimo, pero empezaron a tratar la regulación de activos digitales de forma más puntual y por áreas.

Proyecto de Ley 247 de 2025

El Proyecto de Ley 247 de 2025, titulado «Que establece el marco regulatorio para el uso de criptomonedas y fomenta la economía digital en Panamá», retomó el debate desde un ángulo centrado en el uso práctico de las monedas virtuales. El texto busca reconocer su uso voluntario, fijar condiciones para su comercialización y atender la protección de los usuarios, el tratamiento fiscal de las transacciones y el impulso de ese ecosistema.

Ese aval del Proyecto de Ley 247 no forzaría a personas ni comercios a tomarlas como pago. La meta consiste en permitir que quienes decidan usarlas lo hagan bajo reglas previamente pactadas, sin perder la libertad contractual, un matiz que la regulación de activos digitales suele cuidar.

Sin embargo, autorizar esas monedas no equivale a supervisar a las firmas que prestan servicios alrededor de ellas. Un trueque directo entre dos individuos presenta riesgos distintos a los de una empresa que recibe fondos, custodia saldos o mueve giros por cuenta de clientes. Esa distancia dejó viva la necesidad de una norma dedicada a los prestadores, algo que impulsa la economía digital y que luego abordó la siguiente propuesta legislativa.

Proyecto de Ley 326 de 2025

El Proyecto de Ley 326 de 2025 abre una fase más precisa dentro de la materia, pues su meta central es levantar un marco para el registro, la vigilancia y el control de los Proveedores de Servicios de Activos Virtuales, conocidos como PSAV o VASP por sus siglas en inglés. A diferencia de los intentos previos, el foco de la regulación de activos digitales abandona los bienes y se traslada a las compañías que actúan en torno a ellos.

Tal giro importa porque buena parte del riesgo surge cuando un tercero maneja saldos ajenos u opera por cuenta de clientes. Por eso el articulado abarca el cambio entre activos virtuales y monedas de curso legal, la permuta de distintos tokens, las transferencias, la custodia y la administración. La regulación de activos digitales, según el servicio, ataría a los prestadores a determinados requisitos de inscripción y monitoreo.

A marzo de 2026, la Ley 326 de 2025 seguía bajo estudio de una subcomisión de la Comisión de Economía y Finanzas. Por consiguiente, la regulación de activos digitales aún no ofrece una licencia amplia con esta propuesta. Constituir una sociedad panameña o inscribirla en el Registro Público tampoco basta, por sí solo, para obtener una venia estatal que autorice servicios de activos virtuales.

Representación de monedas Bitcoin junto a un mazo de juez

Un Marco en Construcción para la Economía Digital

Panamá atraviesa un momento decisivo en materia de bienes tokenizados. La nación todavía carece de una habilitación general y vigente para proveedores de servicios de activos virtuales, aunque los proyectos en debate revelan un propósito claro de cerrar esa brecha. Una futura ley de activos digitales tendría que armonizar estos frentes. El 697 quiso integrar múltiples aristas de la economía digital en una misma norma; el 247 apuntó al uso de criptomonedas; y el 326 avanzó hacia un control concreto sobre los prestadores.

Un régimen moderno, equilibrado y alineado con los estándares internacionales podría reforzar la posición del istmo como centro de servicios tecnológicos y financieros. La regulación de activos digitales rendirá frutos solo si las nuevas reglas brindan seguridad jurídica y dejan margen para innovar en un ambiente responsable y supervisado.

Si su compañía evalúa ofrecer servicios de activos virtuales o adaptar su modelo a la ley de activos digitales que se perfila, el acompañamiento profesional resulta determinante mientras ese marco toma forma. En Kraemer & Kraemer estudiamos su caso frente a las normas vigentes de blanqueo de capitales, protección al consumidor e iGaming.

Nuestro equipo sigue de cerca la regulación de activos digitales para anticipar sus deberes y preparar la operación. Contáctenos hoy para revisar su proyecto de negocio ante el escenario que viene.