El 17 de diciembre de 2020 se reformó el código fiscal para crear un régimen especial de impuestos sobre la renta para micro, pequeñas y medianas empresas, con el objetivo de favorecer a los empresarios y emprendedores en Panamá.
El impuesto sobre la renta a pagar varía de la siguiente manera dependiendo del ingreso total de la empresa y si es persona jurídica o natural.
En el caso de persona jurídica:
Ingreso Total | Impuesto a Pagar sobre la Renta Neta Gravable |
---|---|
Hasta B. 11,000.00 | 7.5% |
B. 11,000.01 a B. 36,000.00 | 10% |
B.36,000.01 a B. 90,000.000 | 12.5% |
B.90,000.01 a B. 150,000.00 | 15% |
B.150,000.01 a B. 350,000.00 | 20% |
B. 350,000.01 a B.500,000.00 | 22.5% |
Las empresas que deben cumplir con estos impuestos son aquellas que:
- Están registradas en el Registro Empresarial de Ampyme.
- Perciba ingresos brutos anuales que no excedan de quinientos mil balboas.
- Sus acciones y cuotas de participación sean nominativas y que sus accionistas o socios sean personas naturales.
En el caso de persona natural:
Total Income | Tax Payable on Net Taxable Income |
---|---|
Hasta B. 11,000.00 | 0% |
B. 11,000.01 a B. 36,000.00 | 7.5%% |
B.36,000.01 a B. 90,000.000 | 10% |
B.90,000.01 a B. 150,000.00 | 12.5% |
B.150,000.01 a B. 350,000.00 | 17.5% |
B. 350,000.01 a B.500,000.00 | 22.5% |
Las empresas que deben cumplir con estos impuestos son aquellas que:
- Están registradas en el Registro Empresarial de Ampyme
- Perciba ingresos brutos anuales que no excedan de quinientos mil balboas.
Para conocer más detalles sobre la ley 189 de 2020 vea aquí: