Ley 179 de noviembre 2020 que regula el arrendamiento financiero de bienes inmuebles

Publicado: Noviembre 20, 2020
Categoría: Leyes en
Autor: Johana Sum

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El arrendamiento financiero es un servicio que presta una entidad financiera para ofrecer a un cliente un bien en alquiler con opción de compra a mediano o largo plazo. Al final del plazo de arrendamiento, el cliente puede elegir si renovar contrato de arrendamiento, comprar el bien, o bien devolver el bien a la entidad financiera.

La Ley 179 de 2020 fue una propuesta electoral del presidente Cortizo Cohen y establece a la Superintendencia de Bancos como el regulador de todas las empresas que ofrecen servicio de arrendamiento financiero. Esta misma entidad se encarga de fijar las reglas y criterios para la clasificación de riesgos, reservas de cobertura, y procedimientos con respecto a la contabilidad de las empresas que brindan arrendamiento financiero.

De igual manera, señala que los arrendadores financieros y arrendatarios pueden deducir como gastos para el pago del impuesto sobre la renta, parte de los alquileres pagados y el ciento por ciento de los intereses que se acusen sobre estos.

Además, se considera que la ley está principalmente dirigida a beneficiar al segmento de la sociedad más joven del país ya que les brinda la posibilidad de compra del bien inmueble al alquilar una vivienda o apartamento. Otro beneficio es la exoneración del pago del Impuesto de Transferencia de Bien Inmuebles y Similares (ITBMS) y el Fondo Especial de Compensación de Intereses (FECI) en algunas transacciones.

Personas jurídicas autorizadas para ejercer el negocio de arrendamiento financiero

Siempre y cuado cumplan con la ley, las siguientes personas jurídicas podrán ejercer el negocio de arrendamiento financiero de bienes inmuebles:

  • Bancos
  • Empresas fiduciarias
  • Personas jurídicas autorizadas por la Superintendencia de Bancos

Alcance del arrendamiento financiero

La operación de arrendamiento financiero de bienes inmuebles debe tener las siguientes características:

  • Tener como objeto bienes existentes o futuros
  • La adquisición del inmueble le incumbe al arrendador financiero
  • Debe establecer el máximo de precio a pagar por el bien
  • El arrendamiento puede recaer sobre viviendas, locales comerciales o industriales, incluyendo galeras y espacios de oficinas
  • En el caso de alquileres, estos serán calculados tomando en cuenta la amortización de todo o de una gran parte del precio de compra del bien inmueble y los costos financieros relacionados a la administración del mismo

Para leer la ley 179 de 2020 sobre arrendamiento financiero y otras disposiciones vea aquí:


Ley 179 de 2020



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Colaboradores de este artículo

Gerente General
Johana Sum

Lic. Johana Sum es una profesional experimentada con una gran cantidad de experiencia en los campos de la gestión empresarial, el servicio al cliente, los recursos humanos y el marketing.

Socio Director
Marcos Kraemer

Lic. Marcos Kraemer, abogado registrado en la Corte Suprema de Justicia de Panamá, miembro de diversas asociaciones internacionales de derecho, y fundador de la Asociación Panameña de Derecho de Inmigración.