Ley 12 de 2016 sobre el régimen de procesos concursales de insolvencia en Panamá

La Ley 12 de 2016 está hecha para empresas en quiebra y para aquellas que a pesar de operar viablemente, están en crisis transitorias. Estas empresas deben adaptarse a dos procesos claramente definidos en la ley descritos a continuación.

Proceso Concursal de Reorganización

Dicta procesos de reorganización, con el objetivo de dar al deudor la oportunidad de superar sus dificultades financieras para poder continuar con las funciones comerciales y operacionales de su empresa.

A través de un plan de reorganización como la reestructuración o capitalización de la deuda, se espera que los acreedores reciban mayor beneficio de sus créditos.

Dicho plan de reorganización será presentado ante la Junta General de Acreedores y debe ser aceptado por la Junta y Juez Concursal para luego ser expresado en un Acuerdo de Reorganización.

Proceso de Liquidación Judicial

Este proceso tiene el único objetivo de liquidar la empresa de una manera ordenada y rápida. Este puede ser solicitado por la empresa deudora de forma voluntaria o por medio de un acreedor de forma forzosa.

La empresa puede liquidar los bienes a través de una venta directa o una subasta privada. Luego de esto, el resultado se distribuirá celebrando un Acuerdo de Adjudicación entre los Acreedores.

Esta ley se aplica a personas naturales o comerciales, y sociedades mercantiles que tengan presencia en Panamá, independientemente si están inscritas o no en el Registro Público panameño.

Lea completa la ley 12 de 2016 sobre procesos concursales de insolvencia en Panamá aquí:


Ley 12 de 2016


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Publicado en mayo 25, 2016, como Leyes en Negocios por Johana Sum