Términos y condiciones

Este sitio web y el dominio «www.kraemerlaw.com» son propiedad y están gestionados únicamente por Kraemer & Kraemer LLC, una sociedad de responsabilidad limitada constituida en Wyoming, Estados Unidos. Los servicios legales aquí promocionados son prestados por Kraemer & Kraemer, una sociedad anónima panameña con licencia para ejercer la abogacía en la República de Panamá, en adelante «la Firma».
Cualquier referencia aquí a «este Acuerdo» o «el Acuerdo» significa el Acuerdo de Retención firmado por y entre el Cliente y la Firma, el cual puede ser hecho por documento físico o electrónicamente. Todos los Términos y Condiciones que se detallan a continuación se incorporan expresamente y forman parte del Acuerdo.

1. SIN GARANTÍAS

El Cliente reconoce que la Firma no ha garantizado y no puede garantizar ningún resultado para cualquier asunto en el que la Firma represente al Cliente. Aunque no se ha hecho ninguna garantía de resultado, Kraemer & Kraemer representará diligentemente los intereses del Cliente y se esforzará por realizar sólo aquellos servicios requeridos por los hechos del caso y la ley según lo determinado por la Firma.

2. HONORARIOS Y DEPOSITO DE COSTOS

A menos que el Cliente y la Firma acuerden lo contrario en el acuerdo de retención, los Clientes están de acuerdo y reconocen que Kraemer & Kraemer cobra a los Abogados Socios a razón de $500.00 por hora, a los Abogados Asociados a razón de $300.00 por hora, a los Abogados a razón de $200.00 por hora, y a los Paralegales a razón de $100.00 por hora por el tiempo dedicado a su caso.

Además, a la mayoría de los clientes se les pedirá que paguen un depósito de costos -determinado por la cantidad de costos anticipados en el caso- que se mantendrá en una cuenta separada (cuenta fiduciaria) de su cuota de retención y se aplicará a cualquier costo necesario incurrido en su nombre. Dichos costes incluyen, pero no se limitan a, los honorarios del gobierno y del notario, la notificación de procesos, los servicios de mensajería, la traducción, los gastos de viaje si son necesarios, los honorarios de los testigos, los honorarios del mediador, los honorarios de la contabilidad, los honorarios de la tasación y otros honorarios de expertos, etc.

3. PAGO DE HONORARIOS Y COSTAS POR PARTE DE TERCEROS

La Firma sólo tendrá una relación de abogado-cliente con el Cliente, sin importar si algún tercero (como un garante) paga los honorarios y costos del Cliente. El Cliente reconoce, acepta y entiende que dicho tercero no será un beneficiario de la representación del Cliente por parte de la Firma, y no se considera un cliente de la Firma. En consecuencia, el Cliente no debe copiar (o reenviar) a dichos terceros, ninguna comunicación entre el Cliente y la Firma (incluyendo cualquier factura). Si bien el Cliente tiene el derecho de renunciar al privilegio abogado-cliente, la Firma no recomienda ninguna renuncia por parte del Cliente. Adicionalmente, el Cliente entiende y acepta que ningún tercero tendrá derecho a solicitar o recibir información actualizada sobre el caso o a conocer la estrategia de la Firma en la representación del Cliente, ni tendrá derecho a objetar los montos facturados, y ese derecho le corresponde exclusivamente al Cliente. Nada de lo contenido en este Acuerdo debe ser interpretado como la creación de una relación abogado-cliente entre la Firma y cualquier tercero, ni debe ser interpretado como la intención de que cualquier tercero sea un tercero beneficiario.

4. PROPIEDAD DE LA FIRMA

El Cliente entiende y reconoce que cualquier documentación (y borradores de cualquier documentación) creada por la Firma es propiedad exclusiva de la Firma, y la Firma otorga al Cliente una licencia limitada y revocable para el uso del documento con el único propósito del asunto establecido anteriormente. El Cliente no podrá utilizar, distribuir, difundir o copiar la documentación o borradores de la Firma sin autorización expresa por escrito y firmada por el abogado director de la Firma.

5. INTERÉS DE SEGURIDAD

La Firma tiene un interés de seguridad y una reclamación garantizada sobre todos los anticipos y dineros pagados a la Firma por el Cliente (o un Garante para el Cliente). Este interés de seguridad y reclamo garantizado se perfecciona automáticamente. Además, el Cliente y cualquier Garante aceptan ejecutar y presentar cualquier documento que la Firma solicite para perfeccionar o continuar la perfección de dicho interés de seguridad y reclamo garantizado

  • En el caso de que el Cliente se declare en bancarrota, el Cliente reconoce y acepta que la Firma tiene un reclamo garantizado y preferente por cualquier anticipo y dinero pagado a la Firma por los servicios de la Firma al Cliente, así como por cualquier honorario de abogado y costos no pagados.
  • En el caso de múltiples clientes, el Cliente también reconoce y acepta que todos y cada uno de los pagos (incluyendo los realizados por un Garante) que se realicen por la representación del Cliente por parte de la Firma, representan un beneficio recibido por cada uno de los Clientes, independientemente de quién haya realizado el pago.
  • El Cliente reconoce, acuerda, representa y garantiza que:
    • todos los pagos realizados a la Firma se hacen en el curso ordinario de los negocios y se hacen de acuerdo a los términos ordinarios de los negocios, y por lo tanto, no están sujetos a ningún tipo de devolución o evasión y que
    • el Cliente recibió el pago o la obligación de pago, por el valor y de buena fe, y a cambio del valor que la Firma le dio al Cliente.
  • En caso de que un síndico de la quiebra intente devolver, anular o deshacer cualquier transferencia de dinero recibida por la Firma del Cliente (incluyendo la iniciación de cualquier procedimiento adverso contra la Firma), el Cliente acuerda indemnizar y defender completamente a la Firma, a su propio costo. El Cliente también cooperará para ayudar en la defensa de la Firma, a su propio costo.
  • En la medida permitida por la Ley, el Cliente reconoce y acepta que los honorarios y costos pagados o adeudados a la Firma por los servicios prestados por la Firma al Cliente, tanto antes como después de la quiebra, no están sujetos a ninguna exención por quiebra, y sobreviven a cualquier exención por quiebra. Las obligaciones en el Acuerdo también sobreviven a cualquier descarga de bancarrota.

6. FACTURACION DE HONORARIOS RAZONABLES

A menos que el Cliente y la Firma acuerden lo contrario en el acuerdo de retención, los Clientes aceptan y reconocen que Kraemer & Kraemer cobra como se indica en la cláusula 2 por el tiempo dedicado en su caso. Los honorarios cubrirán e incluirán todo el tiempo dedicado a la representación del Cliente, incluyendo: el tiempo dedicado a la redacción de documentos, la investigación jurídica, los viajes hacia y desde las oficinas gubernamentales o el Tribunal, etc., las conferencias telefónicas, las negociaciones de acuerdos, el tiempo administrativo para la apertura y el cierre del expediente, y cualquier otro tiempo necesario para su caso. Los pagos realizados por los clientes se aplicarán primero a los honorarios y luego a las costas. El cliente también otorga a Kraemer & Kraemer el derecho de presentar un gravamen en el caso si la Firma debe retirarse del caso debido a la falta de pago.

7. FALTA DE PAGO DEL CLIENTE

Si la Firma se encuentra en una posición en la que un cliente no ha cumplido con los términos de su Contrato de Retención u otro acuerdo debido a la falta de pago, la Firma le informará al Cliente que todo el trabajo no esencial en su asunto ha sido suspendido (los asuntos que podrían perjudicar su caso seguirán siendo manejados mientras seamos abogados de registro).

En ese momento, los miembros del personal dejarán de realizar todo el trabajo no esencial en ese expediente hasta que se resuelva el problema de falta de pago. Por favor, manténgase al día con los pagos para que podamos seguir centrados en resolver sus asuntos legales sin interrupción.

8. OBLIGACIONES DEL CLIENTE CON EL DESPACHO

Además del pago puntual de los honorarios y costes, las obligaciones del Cliente incluirán lo siguiente:

    .
  1. Asegurarse de que la Firma tenga la información de contacto actual y operativa del Cliente;
  2. Cooperar oportunamente con cualquier solicitud de documentos por parte de la Firma relacionada con la representación;
  3. Responder razonable y oportunamente a las comunicaciones de la Firma y a las solicitudes de conferencias de la Firma;
  4. Utilizar el portal del cliente implementado en el sitio web de la Firma;
  5. Coordinar las reuniones con los abogados y el personal de la Firma con anticipación para asegurar su disponibilidad; y
  6. CCumplir con los términos y condiciones de este Acuerdo, así como con las políticas establecidas por la Firma.

9. EJECUCIÓN DEL ACUERDO DE RETENCIÓN

    .
  1. Cobro:: En el caso de que sea necesario hacer cumplir este Contrato por costos y/u honorarios no pagados, el Cliente deberá pagar los honorarios razonables de los abogados de la Firma por todos y cada uno de los costos asociados a ello. En caso de falta de pago o de disputa en relación con los honorarios y costos adeudados a la Firma, el Cliente reconoce y acepta que la Firma tendrá derecho a lo siguiente, en la medida permitida por la Ley:
    1. un derecho de retención sobre todos los materiales del expediente, así como los fondos o bienes del Cliente que estén en posesión de la Firma, y que puede hacerse valer independientemente de que se haya presentado o no una demanda; y
    2. un derecho de retención sobre todos los fondos que puedan entrar en posesión del Cliente, ya sea a través de un acuerdo, venta de bienes muebles o inmuebles, herencia o cualquier otro método.
  2. Litigios: En el caso de que las partes se vean involucradas en un litigio que surja o se relacione con cualquiera de los términos de este acuerdo, incluyendo pero sin limitarse a las disputas sobre honorarios y/o costos no pagados, la parte que prevalezca tendrá derecho a los honorarios y costos razonables de los abogados para litigar tanto el derecho como el monto en todas las etapas del litigio, incluyendo cobros y apelaciones.
  3. Ley aplicable y jurisdicción: El presente Acuerdo se regirá e interpretará de acuerdo con las leyes de la República de Panamá, sin tener en cuenta los principios de conflicto de leyes.

10. SEVERABILIDAD

El Acuerdo (incluyendo estos términos y condiciones) contiene el entendimiento completo de las partes y no puede ser variado o modificado a menos que sea por escrito y esté firmado por las partes afectadas por la modificación. Si alguna de las disposiciones del presente Acuerdo es declarada judicialmente inválida y/o inaplicable, las restantes disposiciones seguirán siendo plenamente vigentes. Las obligaciones del Acuerdo sobreviven a la ejecución del mismo.

11. EFECTO VINCULANTE

En la medida en que lo permita la Ley, los términos del Acuerdo, incluidos todos los beneficios derivados por cualquiera de las Partes en virtud de los términos del Acuerdo, serán vinculantes para todas las Partes y sus (según corresponda) funcionarios, directores, subsidiarias, agentes, empleados, familiares directos, cónyuges, herederos, sucesores, cesionarios, administradores, curadores y albaceas.

12. CIERRE DE SU CASO

Al concluir su asunto, Kraemer & Kraemer le pedirá que comparta su experiencia con la Firma y que complete una evaluación, la cual nos ayudará a hacer cualquier mejora que necesitemos.

13. MISC

La Firma puede presentar un gravamen sobre el asunto del cliente en caso de que el Cliente no pague a la Firma por los servicios prestados y/o por los servicios bajo el Acuerdo de Retención del Cliente.

14. REVISIONES Y ACTUALIZACIONES DE LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES

Independientemente de la fecha en que se firmó el Acuerdo, la Firma se reserva el derecho de revisar y actualizar los Términos y Condiciones a su discreción. El Cliente declara que ni el Cliente, ni los directores, funcionarios, socios y/o miembros del Cliente (i) están identificados en ninguna lista gubernamental de partes prohibidas o restringidas, incluyendo, la Lista de Nacionales Especialmente Designados y Personas Bloqueadas mantenida por los Estados Unidos, Canadá, Reino Unido, Panamá, Naciones Unidas; o (ii) son propiedad o están controlados por o actúan en nombre de una parte en cualquiera de dichas listas.