Fundaciones de Interés Privado en Panamá
Descripción general
Las Fundaciones de Interés Privado en Panamá se originaron como una innovadora figura jurídica inspirada en las fundaciones de Liechtenstein, que reúne los beneficios de gestión de activos con la estructura práctica y funcional de las corporaciones.
Las Fundaciones de Interés Privado fueron creadas en Panamá por la Ley 25 de 12 de junio de 1995 y desde entonces se han convertido en un gran instrumento legal tanto para la propiedad como para la protección patrimonial.
Las Fundaciones de Interés Privado no pueden participar en negocios comerciales, pero pueden tener inversiones como bienes raíces, acciones de terceras compañías, cuentas bancarias, etc.
Nuestro bufete de abogados tiene una amplia experiencia formando Fundaciones de Interés Privado para nuestros clientes, ya sea para mantener bienes raíces, acciones de terceras compañías, cuentas de inversión o cuentas bancarias en Panamá, así como en otros países.
Beneficios
- Por Ley, los activos de la Fundación de Interés Privado no están sujetos a ser secuestrados por actos de su fundador, miembros de la junta directiva o beneficiarios
- Ideal para estructurar el Patrimonio Familiar
- Es una combinación de un fideicomiso extranjero y una empresa extranjera
- A diferencia de una Corporación, la Fundación de Interés Privado no tiene dueño, sino un fundador (el otorgante) y el beneficiario (el concesionario)
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Interés Privado (PIF)
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