Licencia Comercial

Descripción general

A través de la Ley No. 5 de 11 de enero de 2007, el proceso de apertura de empresas en el que se establece que cualquier persona física o jurídica puede realizar actividades comerciales o industriales en el territorio nacional. El impuesto anual que han causado los avisos de operaciones será del 2%, con un monto de USD 100.00 sin nombrar y un máximo de USD 60,000.00. Este impuesto se pagará junto con la presentación de la declaración de renta anual.

La Licencia Comercial no será requerida para las personas o empresas radicadas en la Zona Libre de Colón o en cualquier otra zona franca o de libre comercio en Panamá. Sin embargo, a estas personas y empresas se les aplica el impuesto de Licencia Comercial a una tasa reducida del 0.5 por ciento de los activos netos, con un mínimo de US$100 y un máximo de US$50,000.


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