Impuesto al Aviso de Operaciones en Panamá

Descripción general

A través de la Ley No. 5 de 11 de enero de 2007, el proceso de apertura de empresas en el que se establece que cualquier persona física o jurídica puede realizar actividades comerciales o industriales en el territorio nacional. En cuanto al impuesto al Aviso de Operaciones en Panamá, se aplica anualmente y corresponde al 2% de la renta bruta, con un mínimo de USD 100.00 y un máximo de USD 60,000.00. Este impuesto se pagará junto con la presentación de la declaración de renta anual.

La Licencia Comercial o Aviso de Operaciones no se requiere para las personas o empresas radicadas en la Zona Libre de Colón o en cualquier otra zona franca o de libre comercio en Panamá. Sin embargo, a estas personas y empresas se les aplica el impuesto al Aviso de Operaciones a una tasa reducida del 0.5 por ciento de los activos netos, con un mínimo de US$100 y un máximo de US$50,000.


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