Matrimonio Civil en Panamá
Descripción General
En Kramer & Kraemer somos especialistas en derecho familiar, ofreciendo servicios integrales para la formalización de matrimonios civiles en Panamá.
Brindamos asesoría integral en la preparación y registro de matrimonios civiles, así como en la redacción de acuerdos prenupciales, asegurando que los intereses de nuestros clientes estén protegidos y el proceso sea ágil y sin complicaciones.
Consideraciones importantes del matrimonio civil en Panamá
El matrimonio civil en Panamá es el único reconocido legalmente en el país y se establece como un contrato que requiere que ambos contrayentes sean mayores de edad y presenten documentos como cédulas y certificados de soltería.
Para comprender el matrimonio civil en Panamá, es importante tener en cuenta los siguientes aspectos legales:
- La Constitución Política de Panamá protege el derecho al matrimonio y la familia.
- La Ley #3 del 17 de mayo de 1994 establece el Código de Familia, regulando los derechos y deberes en el matrimonio.
- Tanto los matrimonios civiles regulados por el Código de Familia, como los matrimonios religiosos católicos y de otros cultos debidamente autorizados por el Ministerio de Gobierno y Justicia, tienen la misma validez civil.
Documentos Requeridos para un Matrimonio Civil en Panamá:
- Documentos de identidad: Copia de las cédulas de identidad o pasaportes.
- Testigos: Dos testigos mayores de edad deben estar presentes durante la ceremonia civil.
- Certificado de soltería: Emitido por el Registro Civil o su equivalente en el país de origen, para confirmar que ninguno de los contrayentes está casado.
- Certificado de nacimiento: Este documento puede ser requerido en algunos casos para verificar la identidad de los contrayentes.
Los extranjeros deben legalizar los certificados de soltería y de nacimiento mediante una apostilla en el Ministerio de Relaciones Exteriores de su país de origen, siempre que este sea miembro del Convenio de La Haya. Si no lo es, ambos documentos deberán ser legalizados en el Consulado de Panamá del país de residencia.
¿Es obligatorio contar con un abogado para celebrar un matrimonio civil en Panamá?
No, la inscripción en el Registro Público de matrimonios civiles celebrados en Panamá puede hacerse personalmente y no requiere de un abogado. Sin embargo, puede solicitar asesoría legal para trámites como acuerdos prenupciales, establecer el régimen económico matrimonial y el registro de matrimonios celebrados en el exterior.
Servicios de Kraemer & Kraemer
En Kraemer & Kraemer ofrecemos servicios legales en trámites esenciales para la celebración del matrimonio civil en Panamá.
Para parejas que desean proteger sus bienes antes de contraer matrimonio, en Kraemer & Kraemer ofrecemos servicios de acuerdos prenupciales. Estos acuerdos permiten establecer cómo se dividirán los bienes y propiedades en caso de separación o divorcio, proporcionando seguridad y claridad legal para ambas partes.
Los acuerdos prenupciales en Panamá pueden incluir:
- Distribución de bienes adquiridos antes y durante el matrimonio.
- Establecimiento de pensiones alimenticias en caso de divorcio.
- Protección de activos financieros, bienes raíces y negocios.
Nuestros abogados expertos en derecho de familia redactarán acuerdos que protejan sus intereses y cumplan con los requisitos legales panameños.
Al contraer matrimonio civil en Panamá, es fundamental establecer un régimen económico matrimonial que defina cómo se establecerá el patrimonio de los cónyuges con respecto al otro.
Si bien el régimen económico matrimonial y el acuerdo prenupcial guardan relación, son formalidades jurídicas distintas. El primero establece las normas generales que rigen la administración de los bienes y deudas de los cónyuges, mientras que el segundo es un contrato personalizado que permite modificar o complementar dichas normas, adaptándolas a las circunstancias particulares de cada pareja.
Teniendo eso claro, este régimen para los matrimonios civiles en Panamá, regulado por el Código de Familia, ofrece tres opciones principales:
- Régimen de sociedad de gananciales: Todos los patrimonios adquiridos a título oneroso durante el matrimonio se consideran bienes comunes, independientemente de quién los haya adquirido. Esto significa que si se divorcian, todo lo que se obtuvo durante la unión se reparte entre ambos.
Por otro lado, los bienes que cada cónyuge ya tenía antes de casarse, así como los que reciban de forma gratuita durante el matrimonio (como herencias o donaciones), se consideran bienes privativos. Esto quiere decir que esos bienes siguen siendo propiedad exclusiva de quien los recibió y no se comparten en caso de separación. - Régimen de separación de bienes:Cada cónyuge conserva la propiedad exclusiva de todos sus bienes, tanto los que tenía antes del matrimonio como los que adquirió durante este.
- Régimen de participación en las ganancias: En este régimen, cada cónyuge conserva la propiedad y administración individual de sus bienes y recursos, es decir, no se consideran bienes comunes. Sin embargo, si llegan a separarse, ambos tienen derecho a una parte de los beneficios o ganancias que el otro haya obtenido durante el matrimonio. Así, si uno de los cónyuges ha generado mayor patrimonio, se establece una compensación para que ambos reciban una parte proporcional de las ganancias obtenidas en conjunto.
La elección del régimen se puede especificar mediante un acuerdo prenupcial en una escritura pública. Si los cónyuges no realizan un pacto prenupcial, el matrimonio se regirá por el régimen de participación en las ganancias. Además, cualquier cambio de régimen debe ser notificado y registrado adecuadamente para asegurar su validez.
El régimen económico del matrimonio será el estipulado por los cónyuges en el acuerdo prenupcial, sin más limitaciones que las establecidas en el Código de Familia o las establecidas por la ley. A falta de pacto prenupcial o cuando éste sea ineficaz, el régimen económico será el de participación en las ganancias.
Para registrar en Panamá un matrimonio civil celebrado en el extranjero, es fundamental presentar el certificado de matrimonio original, el cual es emitido por la Oficina de Registro Civil o la oficina que cumpla la misma función en el país donde se celebró. Este debe estar autenticado por el Consulado de Panamá o la autoridad competente. Una vez autenticado, el documento debe ser refrendado por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Panamá para que sea válido dentro de Panamá.
Este trámite se realiza en el Departamento de Eventos y Actos Jurídicos Ocurridos en el Extranjero de la Dirección Nacional de Registro Civil y adscrito al Tribunal Electoral de Panamá. Además del certificado, se requiere una copia de la cédula de identidad de los cónyuges (o del cónyuge panameño si aplica), o una copia del pasaporte en caso de extranjeros. Este proceso asegura que el matrimonio tenga plena validez en Panamá y que los derechos de bienes y sucesión se ajusten conforme al régimen económico elegido por los cónyuges.
¿Por qué elegir Kraemer & Kraemer?
En Kraemer & Kraemer contamos con años de experiencia en derecho familiar y un conocimiento de las regulaciones panameñas y nos encargamos de cada detalle para que su unión sea legalmente reconocida en el país. Lo acompañamos en el proceso de todos los trámites, asegurando que su matrimonio cumpla con todas las disposiciones legales.
Contáctenos para una consulta gratuita y descubra cómo podemos asistirle en su proceso de matrimonio civil en Panamá.