Ley 4 del 2009 – Sobre las Sociedades de Responsabilidad Limitada (SRL)

Las Sociedades de Responsabilidad Limitada (SRL) están reguladas por la ley 4 del 9 de enero de 2009. Estas sociedades se crean con el objetivo de realizar actividades lícitas, civiles o comerciales ya sea en Panamá o en cualquier otra parte del mundo.

Según la ley estas deben incluir en su nombre la frase Sociedad de Responsabilidad Limitada o las iniciales S. de. RL.

Constitución de las Sociedades de Responsabilidad Limitada

Pueden estar formadas por dos o más personas naturales o jurídicas las cuales también podrán actuar como administradores. La sociedad deberá tener un documento privado protocolizado o por escritura pública conocido como pacto social. Dicho pacto deberá ser inscrito en el Registro Público.

El capital social de la SRL está compuesto por aportaciones de cuotas de sus socios y podrá ser aumentado o reducido según se describa en el pacto social.

Elementos del pacto social

  • Identificación y domicilio de los socios y suscriptores de la sociedad
  • Domicilio de la sociedad
  • Duración de la sociedad
  • Objeto social
  • El monto del capital social autorizado expresado en cualquier moneda, las participaciones o cuotas en las que se divide y el valor de cada una
  • Designación de las personas a cargo de la administración y representación de la sociedad
  • Designación de los dignatarios o apoderados generales

Los socios deberán obtener un certificado de participación suscrito por alguno de los administradores. El certificado debe incluir el nombre de la sociedad, capital social autorizado, indicación de inscripción en el registro público, nombre del socio titular, valor de la participación del socio, lugar y fecha de la emisión de este certificado.

Consulte la ley aquí:


Ley 4 del 9 de enero de 2009


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Publicado en enero 23, 2019, como Leyes en Negocios por Johana Sum