Cotización de la Fundación de Interés Privado en Panamá
Cotización de la Fundación de Interés Privado en Panamá
Obtener una cotización personalizada de la Fundación de Interés Privado en Panamá
¿Por qué debería usar Nominativos?
Según la ley panameña, la apertura de una Fundación de Interés Privado (FIP) requiere nombrar al menos a 1 persona (personas o entidades) como fundador y a 3 miembros del Consejo Asesor.
Los fundadores y los miembros del consejo pueden ser las mismas personas.
Juntos, los fundadores y los miembros del consejo son los responsables públicos de la administración de la P.I.F., y los nombres de los fundadores y de los miembros del consejo se inscriben en el Registro Público de Panamá.
La ley panameña permite el uso de fundadores y miembros del consejo nominales.
Kraemer & Kraemer ofrece nominados corporativos de nuestra firma, los cuales pueden ser nombrados sus Fundadores Nominales y Miembros del Consejo en su P.I.F. Esto tiene un costo anual de $300 y permite el uso de hasta 3 nominados corporativos que nuestra firma de abogados provee.
La utilización del servicio de nominados corporativos es una gran opción cuando se trata de la privacidad personal, sin embargo, usted necesita ser advertido de que algunos bancos panameños pueden negarse a trabajar con una P.I.F. registrada con nominados corporativos.