El Servicio Nacional de Migración de Panamá anunció el 1ero de septiembre la Resolución 22068 que restablece el término legal autorizado para la estancia de turistas extranjeros en Panamá, el cual no podrá ser mayor de 3 meses.
Algunos puntos claves de esta resolución:
- A partir del 1ero de octubre del 2021 la estancia de turistas extranjeros no podrá ser mayor de 3 meses, contados a partir de del momento de ingreso al país del turista.
- Los nacionales de países que tienen convenios con Panamá para exonerarse recíprocamente de visa o que no requieran visa, podrán gozar de hasta 3 meses de estadía contados a partir de su ingreso al país. Deberán presentar los siguientes documentos al momento de entrada:
- Presentar pasaporte con vigencia mínima de 3 meses.
- Reserva comprobada de salida del país.
- Prueba de solvencia económica no menor a $500.
- Cumplir con las medidas sanitarias establecidas por el Ministerio de Salud.
- Las personas que entren al país con un permiso de estadía menor de 3 meses podrán pedir una extensión en su estadía sin que esta supere los 3 meses, contados a partir del ingreso del turista.
Las implicaciones de esta resolución involucra a turistas que solían pasar hasta 6 meses consecutivos en Panamá, y que ahora estarán autorizados para permanecer en Panamá como turistas solo por 3 meses.
Para leer la resolución completa puede ver aquí:
Resolución 22068 del 1er de septiembre de 2021
NOTA: La Resolución 22706 de septiembre 10 de 2021, exceptúa de la Resolución 22068 a ciudadanos de Estados Unidos y Canadá, permitiéndoles estadía como turista de hasta 180 días.